Todo sobre la
reglamentación del tacógrafo

Obligaciones de descarga, frecuencias, sanciones, tipos de tacógrafos... Encuentre aquí respuestas a las preguntas más frecuentes de los transportistas.

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CE 561/2006 CE 165/2014 CE 403/2016 CE 694/2022 Smart Tacho Gen 2 Directive 2002/15/CE

À retenir

Les points clés de la réglementation

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Frecuencia de descarga

El tacógrafo del vehículo debe descargarse cada 90 días como máximo. La tarjeta del conductor debe descargarse cada 28 días como máximo. Estos plazos son imperativos y cualquier incumplimiento constituye una infracción.

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Conservación de datos

Los datos del tacógrafo deben conservarse durante un mínimo de 365 días (1 año). En la práctica, se recomienda conservarlos 2 años para cubrir los plazos de prescripción de las infracciones de tráfico.

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Sanciones por incumplimiento

Las infracciones a la reglamentación del tacógrafo pueden acarrear multas de hasta 15.000 € por infracción, la inmovilización del vehículo, la suspensión del certificado de transporte, e incluso acciones penales para los reincidentes.

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Vehículos afectados

Están obligatoriamente equipados con tacógrafo: los vehículos de transporte de mercancías con un peso máximo autorizado superior a 3,5 toneladas, y los vehículos de transporte de viajeros con más de 9 plazas (incluido el conductor) en trayectos superiores a 50 km.


Questions fréquentes

FAQ Réglementation

Se incluyen: los vehículos de transporte de mercancías con un peso bruto superior a 3,5 toneladas, y los vehículos de transporte de viajeros con más de 9 plazas (incluido el conductor) que realicen trayectos superiores a 50 km. Los vehículos que circulen exclusivamente en un radio de 100 km desde su base pueden beneficiarse de exenciones.
El Reglamento (UE) n°165/2014 establece las siguientes frecuencias: tacógrafo del vehículo = cada 90 días como máximo, tarjeta del conductor = cada 28 días como máximo. Estos plazos corren desde la última descarga. Un sistema automático como los de TACHOSAFE garantiza el cumplimiento de estas frecuencias.
El período de conservación legal es de un mínimo de 365 días. Sin embargo, se recomienda encarecidamente conservar los datos durante 24 meses para cubrir todos los plazos de prescripción aplicables. Los datos deben ser fácilmente accesibles en caso de inspección.
Las sanciones varían según la gravedad: falta de descarga = multa de 1.500 € a 15.000 €, manipulación o falsificación del tacógrafo = delito penal que puede dar lugar a enjuiciamiento, infracción grave o muy grave = suspensión o retirada del certificado de transporte.
El tacógrafo analógico (discos de papel) está obsoleto desde 2006. El tacógrafo digital (generación 1 y 2) registra los datos en una tarjeta inteligente y una memoria interna. El Smart Tachograph (Gen 1 desde 2019, Gen 2 desde 2023) añade localización GNSS y comunicación a distancia, lo que permite controles en carretera sin interceptación física.
El Smart Tachograph Gen 2 es obligatorio para todos los vehículos matriculados después del 21 de agosto de 2023 que realicen transporte internacional. Los vehículos equipados con un tacógrafo de primera generación deben ser adaptados antes del 31 de diciembre de 2024 (transporte internacional) o 2025 (nacional).
El ERRU (Registro Europeo de Empresas de Transporte por Carretera) es el registro europeo de empresas de transporte. Cada infracción grave se registra y contribuye a la puntuación de riesgo de la empresa. Una puntuación demasiado elevada puede acarrear la pérdida de la honorabilidad profesional y la prohibición de ejercer en toda la Unión Europea.
El Reglamento CE 561/2006 establece: tiempo máximo de conducción diario = 9h (ampliable a 10h dos veces por semana), tiempo máximo de conducción semanal = 56h, tiempo máximo de conducción quincenal = 90h, pausa obligatoria tras 4h30 de conducción = 45 minutos (o 15 min + 30 min), descanso diario mínimo = 11h (o descanso fraccionado de 3h + 9h).

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